UPL Sahagun

Información del Grupo Municipal de la UPL en el Ayuntamiento de Sahagún

Sobre Inversiones Confusas y Anómalas 19 octubre 2011

Archivado en: UPL Sahagún : Ayuntamiento — UPL SAHAGÚN @ 16:07

El pasado 7 de Octubre, el Grupo Municipal de la UPL presentó en el Registro de nuestro Ayuntamiento una propuesta que reproducimos a continuación para conocimiento de la opinión pública,:

AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE SAHAGÚN

VIRGILIO BUIZA DIEZ, concejal electo en la candidatura de la UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS (UPL), y portavoz de dicho Grupo como tiene acreditado, comparece y como mejor proceda,

DICE:

Que al amparo de la legislación sobre Régimen Local vigente y específicamente el art. 54-2 del ROM del Ayuntamiento de Sahagún, presenta para su debate, y en su caso aprobación por el próximo Pleno, previo dictamen de la comisión correspondiente, la siguiente

PROPOSICIÓN

MOTIVACIÓN.-

En el último Pleno se tuvo constancia precisa del coste estimado de la inversión que el Ayuntamiento ha llevado a cabo en el inmueble sito en la c/ Antonio Nicolás, 55; se pretende, al parece, una vez “restaurado”, dedicarlo a Albergue de Peregrinos en invierno. Esta obra se ha realizado de una forma escasamente ortodoxa: sin conocimiento del Pleno, sin proyecto técnico que sepamos, sin obtención de la preceptiva licencia Medioambiental dado el uso público que se pretende, sin debate ni acuerdo de la Junta de Gobierno, sin derecho legítimo para hacerlo ya que, que sepa este Grupo, el Ayuntamiento ha invertido fondos públicos en una cuantía importante (+ – sesenta mil euros), en un edificio ajeno, sin autorización ni cesión de uso de su hipotético titular y por consiguiente, sin la preceptiva aceptación en su caso de la misma, por órgano alguno de la institución municipal (Pleno o Junta de Gobierno Local).

A la vista de lo anterior, este Grupo Municipal hechas las averiguaciones oportunas tanto en el catastro como ante el Registro, ha llegado a la conclusión que dicho inmueble NO tiene dueño registral alguno y que los recibos de catastro se giran a nombre de “Hermanas Caridad Cristina”, sin que conste el NIF correspondiente. Por otra parte, su valor catastral está muy por debajo de la inversión realizada ya que entre el valor del suelo y la construcción, totaliza 21.313,25 € actualizado al ejercicio 2010.

A la vista de todo ello, nos preocupa y sorprende a la vez, que el Alcalde, de forma unilateral haya llevado a cabo las actuaciones señaladas por un importe cercano a los 60.000 € (exactamente 57.730 € según consta en la valoración remitida a la Junta de C. y León); y ello, porque en una interpretación rigurosa de la actuación desarrollada, solo puede calificarse la misma de atípica sino prevaricadora; en efecto, el invertir fondos públicos en un bien privado, sin que haya mediado cesión de la propiedad o uso y en todo caso, sin abrir el oportuno expediente tal como establece el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, solo puede generar desconfianza y oscurantismo.

Es por todo ello que , tendente a “regularizar” la actuación descrita en la medida que sea factible

PROPONE:

PRIMERO: Que el Pleno de la Corporación inste al sr. Alcalde para que, en un intento de regularizar la actuación señalada y en base a la cuantía invertida, se abra el expediente oportuno tendente a la inscripción del inmueble como bien patrimonial del municipio, a salvo los derechos preferentes de tercero que se puedan acreditar en el expediente.

SEGUNDO: Si de los informes jurídico-técnicos de secretaria se dedujese la no viabilidad de lo propuesto en el punto primero, se inste al posible titular o titulares del inmueble ceda al municipio de Sahagún el uso del inmueble en cuestión por un periodo no inferior a treinta años, para su uso como Albergue Municipal de Peregrinos durante el invierno o alternativamente resarza al Ayuntamiento de Sahagún de la inversión efectuada en el mismo.

TERCERO: Se informe al Pleno de la Corporación, en el plazo máximo de 6 meses, de las actuaciones llevadas a cabo con la finalidad señalada.

En Sahagún a 7 de Octubre de 2011

Virgilio Buiza Diez

Sr. Alcalde Presidente del Illmo. Ayuntamiento de Sahagún

AL PLENO DE LA CORPORACIÓN

Casa de la C/ Antonio Nicolás, 55

Como puede comprobarse por el contenido y finalidad de la misma, NO es que estemos en contra de habilitar un inmueble para dar un cobijo adecuado y digno a los peregrinos durante el invierno; discutimos y denunciamos el oscurantismo y el nepotismo en el manejo de los fondos públicos, la arbitrariedad y el desorden de ciertas inversiones, la doble vara de medir y un sinfín de calificativos que podríamos enumerar corriendo incluso el riesgo de quedarnos cortos.

D. Emilio Redondo Callado en su condición de alcalde, ha invertido una importante cantidad de dinero del municipio en un inmueble que NO es propiedad del Ayuntamiento y que nadie le ha cedido para uso alguno; para colmo se hace sin un proyecto de obra obligado, sin conocimiento del Servicio de Patrimonio de la Junta de Castilla y León como es preceptivo al estar ubicado en el Camino de Santiago, sin licencia medio ambiental exigible dado el uso que se pretende.

Nos sorprende y muy mucho la relajación y exceso de tolerancia consigo misma de nuestra administración municipalque la ha llevado a ser sancionada ya una vez por Patrimonio y tener abierto un segundo expediente de sanción por no respetar las normas establecidas; máxime teniendo en cuenta que muchos de nuestros vecinos para recibir la oportuna licencia de obras (incluso para “reponer cuatro tejas”), tienen que esperar el pertinente informe del arquitecto municipal y el subsiguiente de Secretaría, sometiendo a nuestros ciudadanos a una asfixia innecesaria de la burocracia en lugar de simplificar esta en beneficio de los mismos.

Dice el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales en su art. Art. 12.

2. No obstante, si la adquisición llevare aneja alguna condición o modalidad onerosa,

Detalle

solo podrán aceptarse los bienes previo expediente en el que se acredite que el valor del gravamen impuesto no excede del valor de lo que se adquiere.

¿Acaso se ha cumplido este trámite obligado? La actuación que se denuncia es tan arbitraria y atípica que es normal que la normativa NO contemple ni sancione un supuesto que roza el absurdo: Invertir una importante cantidad de dinero (cercana a los sesenta mil Euros), muy superior al valor del inmueble, en un bien ajeno sin autorización de su titular; no queremos que la relajación y el paso del tiempo al final produzca un enriquecimiento ilegítimo de un tercero a costa de todos los vecinos de nuestro municipio.

Por ello, el Grupo Municipal de la UPL exige se clarifique este hecho que ha causado preocupación y asombro entre quienes hemos tenido conocimiento del mismo. Máxime en estos tiempos de escasez y penuria y que nuestro ayuntamiento soporta con especial virulencia.

 

 
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