UPL Sahagun

Información del Grupo Municipal de la UPL en el Ayuntamiento de Sahagún

Facilitando INFORMACIÓN 11 enero 2012

Archivado en: UPL Sahagún : Ayuntamiento — UPL SAHAGÚN @ 20:22

Facilitando INFORMACIÓN

En relación a la transparencia informativa de este Ayto. hemos podido constatar que ya desde Septiembre del 2009, se está practicando por el equipo de gobierno una lamentable política de opacidad y oscurantismo propia de otras épocas.

El ROFL en su art. 229, apartado 2 mandata expresamente:

…………………………………………………………………………………….

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, la Corporación dará publicidad resumida del contenido de las sesiones plenarias y de todos los acuerdos del Pleno y de la Comisión de Gobierno, así como de las resoluciones del Alcalde y las que por su delegación dicten los Delegados.

3. A tal efecto, además de la exposición en el Tablón de Anuncios de la entidad, podrán utilizarse los siguientes medios:

a) Edición, con una periodicidad mínima trimestral, de un Boletín informativo de la entidad.

b) Publicación en los medios de comunicación social del ámbito de la entidad.

¿Acaso se está cumpliendo este precepto legal? Ni por asomo; y no es porque la oposición no lo haya propuesto una y otra vez; en la página WEB del Ayuntamiento de Sahagún residenciada en el servidor de la Diputación, se publican las “actas” mutiladas y además, de forma sectaria; la ley mandata que se publique “un resumen de las sesiones plenarias”, es decir, las actas, que por su propia esencia y definición constituyen de por sí, un resumen de la sesión.

Dado que en este ayuntamiento se “vampirizan” las leyes (esta quiero, esta no quiero) y a la postre todo se reduce en “6 ganan – 5 pierden” y quien no esté de acuerdo que recurra a los tribunales (y pague) que el Alcalde y compañía “tiran con pólvora ajena”; a la vista de ello, el Grupo de la UPL asume el compromiso de publicar en este blog todas las actas íntegras del Pleno de la nueva Corporación por si algún ciudadano estima de su interés consultarlas y no tener una información sesgada; todo ello, hasta tanto en cuanto el sr. Alcalde, en cumplimiento de la legalidad, ordene la publicación íntegra de las actas en cuestión, si es que así lo considera.

Por consiguiente, abrimos una nueva sección en cabecera, rotulada ACTAS, donde se podrán visualizar las mismas.

 

 
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